11 de abril de 2019, 21:11
La mencionada dependencia comunal a través de la Agencia Municipal de Ingresos Públicos, entregará el comprobante de inscripción pertinente tras verificar el cumplimiento de las disposiciones legales estipuladas en los artículos 93, 94 y siguientes pertenecientes a la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley 6769/58 más modificatorias)
Por último, conformarán la nómina definitiva que será remitida por el Intendente al Departamento Deliberativo tras su verificación.