viernes. 26.04.2024

Cierre de la causa "Memorándum de Qatar" por inexistencia de delito

La causa judicial conocida como "Memorándum de Qatar"; iniciada contra Mauricio Macri, Gabriela Michetti, Susana Malcorra, Luis María  Blaquier, Horacio Reyser Travers, José Ortíz  Amaya, Rossana Cecilia Surballe, Tamin  Bin Hamad Al Thani, Emir de Qatar; el Sheik Abdullah Bin Mohammed bin Saud Al Thani, Director Ejecutivo de “Qatar Investment Authority entre otros; y que luego fue ampliada a Francisco Cabrera, Mario Quintana, Diego Nicolas Rosendi, María Juliana Awada, entre otros, fue desestimada por inexistencia de delito, por el titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nro. 3, Dr. Daniel Rafecas.

En noviembre de 2016, se inició esta causa judicial a raíz de una denuncia formulada por Fernando Míguez, a través de la Fundación por la Paz y el Cambio Climático de Argentina, una ONG que ya había aparecido denunciando en reiteradas oportunidades a funcionarios de Cambiemos y que fueron siendo archivadas por la justicia. El denunciante cuestionaba principalmente que el  Memorándum no  había  sido  sometido  a  estudio por el Congreso Nacional y el porqué  de  una inversión conjunta entre la Argentina y Qatar, siendo que debería ser solo Qatar quien invierta.

El 28 de marzo de 2017 esta causa fue desestimada por el Juez. La decisión del magistrado fue apelada por la fiscal Paloma Ochoa, pero la decisión del juez Rafecas de desestimar la denuncia fue ratificada por la Sala I de la Cámara Federal. El juez Leopoldo Bruglia, que apoyó la decisión, aseguró que "el hecho objeto de la denuncia no encuadra en ninguna hipótesis penalmente relevante".

En la sentencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nro. 3, el juez Rafecas sostiene que "la firma del “Memorándum de Entendimiento” no implicó perjuicio alguno para el erario público, pues el mismo, como se dijo, es únicamente un documento por el cual se reconoce que se están llevando a cabo conversaciones tendientes a concretar futuras y eventuales inversiones en el país, y que de por sí, no trae aparejadas obligaciones vinculantes al Estado Nacional."

El extenso dictamen menciona todas las formulaciones de denuncia, y el Juez afirma que: "En definitiva, de la lectura del mismo, puede señalarse que dicho Memorándum no refleja otra cosa que una expresión de voluntades de dos organismos estatales, uno de la República Argentina y el otro del Emirato de Qatar, mediante el cual acuerdan continuar con una serie de conversaciones y negociaciones, tendientes a explorar la posibilidad de crear en el futuro, un fondo de inversión  cerrado, subordinado no sólo a la adecuación del mismo a la normativa legal interna, sino también a la aprobación parlamentaria de cada uno de los países. Memorándum que, como se dijo, de por sí, no ha generado ningún tipo de obligación o compromiso económico, financiero o legal para el país."

El Juez deja clara la inexistencia de delito: "Con ello, queda claro que -en las condiciones en las que fue previsto este documento internacional-, no se vislumbra siquiera acto preparatorio alguno –aun cuando ello no sea punible- para la comisión de un ilícito penal, pues no se advierte, en el modo en el que fue plasmado el referido Memorándum, ni siquiera una posible puesta en peligro a bien jurídico alguno."

De esta manera, queda desestimada la causa quedando desligados totalmente de la misma Mauricio Macri, Gabriela Michetti, Susana Malcorra, Luis  María  Blaquier, Horacio Reyser Travers, José  Ortíz  Amaya, Rossana  Cecilia Surballe,Francisco Cabrera, Mario Quintana, Diego Nicolas Rosendi, Maria Juliana Awada, entre otros, cerrándose y archivándose la causa.