viernes. 26.04.2024
CORONAVIRUS

Covid-19: ya no será obligatorio el control de temperatura y el rociado de manos

  • El ministerio de Salud de la Nación emitió un comunicado, anunciando nuevas flexibilizaciones en el marco de la pandemia. 
  • Entre otras medidas, ya no será necesario el control de temperatura y rociado de manos con alcohol en gel en edificios, bancos y comercios. 
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Las actualizaciones incluyen modificar los protocolos sanitarios en actividades económicas, bancarias, industriales, comerciales, de servicios, turísticas, religiosas, culturales y otras.

El ministerio de Salud de la Nación anunció nuevas flexibilizaciones en los protocolos vigentes por la pandemia de Covid-19.

Los cambios y actualizaciones incluyen modificar los protocolos sanitarios en actividades económicas, bancarias, industriales, comerciales, de servicios, turísticas, religiosas, culturales, deportivas, recreativas y sociales.

A través de un parte de prensa, la cartera sanitaria expresó que la decisión se toma “a partir de las coberturas de vacunación contra la Covid-19 –con el 58,9% de la población con esquema completo y el 91,5% de los y las mayores de 18 años con esquema iniciado–, de la estabilidad de los casos en un número bajo y la disminución de las hospitalizaciones y las muertes por más de 23 semanas consecutivas”.

La medida también alcanza una “actualización de los requerimientos para la realización de los viajes estudiantiles, asociada al avance en la vacunación de niños, niñas y adolescentes”.

En tanto, las únicas recomendaciones que deben mantenerse “son las de utilizar tapabocas en espacios compartidos cerrados y abiertos, mantener la distancia mínima de dos metros entre personas, asegurar una adecuada ventilación cruzada y continua en los ambientes, así como continuar con el lavado frecuente de manos”.

En este marco, aclararon que “ya no será necesario sostener el control de temperatura corporal, el rociado de manos con alcohol en los accesos a edificios, los turnos programados, las sanitizaciones y otras medidas adicionales, a menos que se entiendan fundamentales para el desarrollo de la actividad”.

El comunicado además indica que de todos modos, las instituciones y demás organismos podrán establecer las medidas que entiendan pertinentes y necesarias para el desarrollo de cada actividad en particular y “tendrán la posibilidad de instrumentar medidas sanitarias adicionales según la actividad”.