Las llamadas fiestas “privadas” son generalmente realizadas en domicilios particulares, casas quintas, clubes e instituciones barriales, lugares que pueden no contar con las medidas de seguridad necesarias que sí presentan los locales habilitados por la comuna.
Por eso, se advierte a los vecinos que a la hora de contratar algún lugar deben exigir la habilitación municipal correspondiente, verificando el rubro para el cual fue autorizado: local bailable, salón de fiesta o de eventos, por ejemplo.
Los propietarios o responsables del lugar también deben cumplir con diversos requisitos, encuadrados en las leyes provinciales 14.050 y 14.051 11.825.
Entre ellos:
- Autorización para vender alcohol (Licencia REBA), únicamente a personas mayores de edad.
- Constancia de medidas de anti siniestralidad expedida por bomberos de la provincia de Buenos Aires; la cual debe estar bien visible en el lugar o salón.
- Servicio de emergencias médicas.
- Seguro de responsabilidad civil.
- Matafuegos
- Demarcación bien definida de salidas de emergencias y barrales antipánico.
- Plano de evacuación
Ante la necesidad de despejar alguna duda, recibir orientación para tramitar habilitaciones, o realizar alguna denuncia por irregularidades por este tema, se encuentra disponible la línea telefónica gratuita municipal 0800 999 1234.