jueves. 28.03.2024
COMO ANTESALA DEL 5G

Habilitan la instalación de más antenas de celulares en la Provincia de Buenos Aires

  • El gobierno bonaerense autorizó al ENACOM la posibilidad de habilitar antenas para telefonía celular en territorio provincial.
  • Solicita además a los municipios a simplificar el marco regulatorio vigente para la colocación de dispositivos y darle celeridad.
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Antenas de telefonía celular en una torre. ¿Más antenas entre la población para lo que viene con el 5G?. Foto: Cuatro Medios.

El avance de las antenas de telefonía de celulares no se detiene. Y como si fuera la antesala del desembarco de la tecnología 5G en Argentina, que requerirá el funcionamiento de miles de antenas en las ciudades lo cual ya genera preocupación en algunas poblaciones del mundo, el gobierno de la Provincia de Buenos Aires autorizó al Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) a habilitar antenas de telefonía celular en territorio bonaerense.

ANTENAS CON LUZ VERDE. Con todo, a través del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, la Provincia autorizó por medio de una resolución (Nº511-OPDS-19) publicada en el Boletín Oficial ( https://www.boletinoficial.gba.gob.ar/sections/9788/view#page=8 con fecha 8 de agosto de 2019, a la Subsecretaría de Fiscalización y Evaluación Ambiental a remitir al Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) los permisos otorgados y vigentes, vencidos o en curso de renovación en el marco de la Resolución N° 87/13 y su modificatoria RESOL-2018-193-GDEBA-OPDS, a los efectos de la medición actual y futura de las radiaciones no ionizantes y el control y autorización de sus fuentes generadoras, a solicitud de su titular o responsable y previo pago del arancel por servicios vigente que adeudare”.

CELERIDAD. En los considerando, la resolución detalla que “corresponde a los municipios dictar la normativa de instalación de la infraestructura necesaria para la prestación de los servicios de telecomunicaciones y que aquellas disposiciones no afecten ni dilaten el despliegue de las redes para la prestación de servicios de jurisdicción nacional”.

Así, de alguna manera se estaría cumpliendo con el requerimiento de las empresas de telecomunicaciones, que solicitan menos obstáculos a la hora de instalar y habilitar su infraestructura.

Agrega, la resolución, “que debido a la experiencia acumulada desde el dictado de la Resolución N° 87/13, modificada por RESOL-2018-193- GDEBA-OPDS, y al reciente reordenamiento normativo en la materia, se evidencia la necesidad de llevar adelante una simplificación del marco regulatorio vigente a fin de dotarlo de mayor eficiencia y celeridad, habiendo perdido virtualidad el mencionado texto normativo”.

Además, cita la resolución “que la Unión Internacional de Telecomunicaciones en su Recomendación UIT-T K.83 expresa que “Los campos electromagnéticos son imperceptibles y desconocidos para el público en general. Este desconocimiento y esta falta de perceptibilidad despiertan desconfianza y rechazo entre la población, lo que puede dar lugar a conflictos sociales y a retrasos en la implantación de nuevas tecnologías inalámbricas”.

Sostiene que “estos problemas se solucionan controlando las emisiones electromagnéticas por medio de mediciones y de una comunicación adecuada de los resultados. A su vez, las mediciones logran que las emisiones sean objetivas y, cuando se presentan en un formato comprensible, contribuyen a mantener más informado a los ciudadanos y a combatir su indefensión”.

En otro pasaje de la resolución, explica que Que la autoridad nacional (ENACOM), a través de sus áreas pertinentes, “viene realizando, entre otras tareas, la verificación permanente del cumplimiento por parte de los operadores de telecomunicaciones de la normativa vinculada a los niveles máximos permitidos de Radiaciones No Ionizantes, en superposición con las mediciones que realiza este Organismo Provincial”.