jueves. 28.03.2024

Advierten por el aumento del precio de protectores solares

  • El alto precio de estos productos dificulta la prevención del cáncer de piel, indicó un informe de Soberanía Sanitaria.
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Protectores solares más caros dificulta la prevención del cáncer de piel.

Según un informe realizado por Soberanía Sanitaria, el relevamiento de los portales de las principales farmacias, perfumerías y cadenas de supermercados del país constató que en la semana del 15 al 21 de diciembre de 2019, el precio de cien mililitros de protector solar con factor de protección (FPS) 30 oscila entre $297 y $1100, representando un aumento de más del 100% con respecto a diciembre de 2018.

Para cumplir con las recomendaciones internacionales, sería necesario un gasto semanal de entre $630 y $2310 por persona adulta y de entre $400 y $1386 por niño por semana.  Al estar considerados como cosméticos y no como medicamentos, los protectores solares están excluidos del Programa Médico Obligatorio (PMO) y, por lo tanto, las obras sociales y empresas
de medicina prepaga no los cubren total ni parcialmente.

Teniendo en cuenta las últimas estadísticas de la Sociedad Argentina de Dermatología, se diagnosticaron por año más de 1.400 nuevos casos en todo el país. 

Según la Agencia Internacional para la Investigación del Cáncer (IARC por sus siglas en inglés), la Argentina es un país de incidencia media-alta para el cáncer de piel. 

Se diagnosticaron veinte casos nuevos por año cada cien mil habitantes, ocupando el séptimo puesto en América Latina. 

El melanoma, la forma de cáncer de piel más agresiva y con peor pronóstico, provoca cada año la muerte de más de quinientas
personas en el país. 

La clave es evitar la exposición a rayos UV

La exposición a la radiación UV es la causa más importante del cáncer de piel y, además, es la única que se puede controlar.
Existen otros factores propios de cada persona que pueden aumentar el riesgo de padecer cáncer de piel, como la edad avanzada, los antecedentes familiares o la piel muy blanca que sólo se enrojece y nunca se broncea. 

Se distinguen tres tipos de rayos UV: A. B y C. Los UVC no suelen atravesar la capa de ozono que forma parte de la atmósfera terrestre, mientras que los otros dos alcanzan la piel de quienes vivimos sobre la superficie del planeta y la pueden dañar. Los UVA son más abundantes y menos dañinos y sucede lo inverso con los UVB.

Por tal motivo, es indispensable protegerse de ambos. 

La intensidad de la radiación UV depende de los siguientes factores:
• La altura del sol: la radiación UV es más intensa cuando el sol está más alto en el cielo. Es mayor durante el verano y alrededor del mediodía.
• La latitud: la radiación UV aumenta a medida que nos acercamos al Ecuador.
• La nubosidad: el cielo parcialmente nublado no afecta la radiación UV y las nubes blancas pueden aumentar su intensidad pero el cielo cubierto de nubes oscuras y la lluvia pueden disminuirla hasta la mitad.
• La altitud: a mayor altitud, mayor intensidad de la radiación UV.

La reflexión por el suelo: la nieve puede reflejar el 80 por ciento de la radiación UV, casi duplicando la exposición mientras que la arena seca de la playa y la espuma del agua de mar también reflejan y, por lo tanto, aumentan la intensidad de la radiación UV.

El índice UV es la forma adoptada internacionalmente para expresar mediante un número la intensidad de la radiación UV.

Cuanto mayor es el valor del índice UV, más alta es la probabilidad de que se produzcan rápidamente lesiones en la piel y los ojos.

Es importante protegerse del sol durante todo el año. Algunas ocupaciones, como el trabajo en obras viales y de la construcción, la educación física o la perforación de pozos petroleros, tienen una exposición al sol mayor que el promedio de la población y, por lo tanto, requieren medidas especiales para protegerse de la radiación UV.

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Las formas de disminuir la exposición a la radiación UV: 

• Evitar el sol entre las 10 y las 16 horas.
• Permanecer a la sombra. Los techos y toldos son más eficaces que los árboles.
• Cubrirse con ropas, sombreros y anteojos de sol.
• Proteger especialmente a los niños del sol. Los bebés menores de 1 año deben evitar completamente la exposición. Los niños mayores de un año, deben recibir mucha atención ya que realizan numerosas actividades al aire libre y tienen la piel más sensible que los adultos.
• Usar en forma habitual cremas protectoras solares que bloqueen radiación UVA y UVB, de calidad reconocida y cuyo factor de protección solar (FPS) sea mayor a 30.

 

Los protectores solares y la cuestión del FPS

Entre todas las medidas para prevenir el cáncer de piel, el uso de protectores solares es la única que involucra directamente al mercado farmacéutico. Están disponibles en diferentes presentaciones (gel, crema, spray, etc.), tamaños de envase y marcas. A la vez se los clasifica según la capacidad de evitar el paso de los rayos UV con un valor de factor de protección solar (FPS).

El FPS es el sistema que desarrolló la Administración de Alimentos y Drogas de los EEUU (FDA por sus siglas en inglés) y que la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) argentina adoptó3 para definir el nivel de protección que brinda un producto contra la radiación UV.

Se calcula dividiendo la cantidad de energía UV necesaria para producir el enrojecimiento de la piel (dosis mínima de eritema, DME) con protector sobre el mismo parámetro sin
protector:

FPS= DME con protector
DME sin protector

El valor del FPS no es directamente proporcional a su capacidad para filtrar rayos UV. Es decir que un protector con FPS 60 no provee el doble de protección que otro con FPS 30. De hecho, la diferencia entre FPS 30 y FPS 50 es muy pequeña: mientras que un producto con FPS 30 filtra el 97% de los rayos UV, un con FPS 50 filtra el 99 %. La diferencia entre FPS 50 y 60 es tan pequeña que en Europa y Australia se prohibió promocionar protectores con FPS mayores a 50 por considerarlo publicidad engañosa.

La pequeña diferencia entre protectores FPS 30 y FPS 50 no se ve reflejada en los precios: suele haber entre un 7 y un 10 % de diferencia en productos de la misma marca, el mismo tipo de presentación y el mismo envase.

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La necesidad de un Estado presente

A pesar de la importancia de utilizar protector solar, es considerado un cosmético y fue excluido del listado terapéutico del Plan Médico Obligatorio (PMO) establecido por el Ministerio de Salud de la Nación y actualizado por la Superintendencia de Servicios de Salud y por diferentes leyes sobre problemas específicos de salud, que define las prestaciones básicas esenciales de cumplimiento obligatorio para obras sociales y prepagas. 

En marzo de 2019 ingresó a la Cámara de Diputados de la Nación un proyecto de ley que propone la cobertura en un porcentaje a definir del precio de los protectores con FPS igual o mayor a 30. El riesgo que entraña ese tipo de normas es que se termine subsidiando la estrategia comercial de imponer un precio mayor a mayor FPS aun cuando la diferencia en la protección contra la radiación UV sea despreciable.

Por otra parte, la regulación respecto de lo que se informa en las publicidades masivas -televisión, medios gráficos y redes sociales, también emerge como un terreno propicio para el desarrollo de un debate necesario.

Un enfoque menos centrado en la exposición como el reflejo de un momento de ocio en el verano o las vacaciones, o el vinculado al resultado estético de utilizar una marca u otra, podría permitir abordar esta cuestión desde la perspectiva del cuidado de la salud, visibilizando las actividades que tienen exposición cotidiana a los rayos UV y a las que se le debe prestar especial atención.

Al revisar los marcos regulatorios de otros países, se observa que en Australia, por ejemplo, los protectores solares se clasifican principalmente como protectores terapéuticos y cosméticos.

Los últimos son productos que contienen en su composición química ingredientes con propiedades para la protección solar, pero cuyo objetivo principal no es el resguardo de los rayos UV. Por ello, están regulados como cosméticos por el Sistema Nacional de Notificación y Evaluación de Químicos Industriales (NICNAS).

Mientras que los protectores considerados efectivamente terapéuticos lo están por la Administración de Bienes Terapéuticos (TGA por sus siglas
en inglés).

En términos generales, la regulación sobre este tema está ampliamente desarrollada, centralmente a partir del nivel alto de atención que existe sobre esta cuestión, a partir de su posición geográfica y sus condiciones meteorológicas particulares.
Los que tienen fines terapéuticos están complementados en un marco que los clasifican de diferentes maneras según el ingrediente principal y los incluye dentro de la lista de productos de Salud Natural o de Medicamentos.

Más allá de las nuevas normas que puedan generarse sobre este tema, el Estado argentino cuenta con instrumentos para mejorar la situación actual.

Tanto la las leyes de abastecimiento y de defensa del consumidor hasta la producción pública en laboratorios municipales, provinciales o nacionales podrían utilizarse para asegurar el acceso de toda la población a los protectores solares y prevenir la instalación masiva mediante técnicas de mercadeo de conceptos erróneos que aumentan las ganancias de los laboratorios y enflaquecen los bolsillos de la gente.